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    El Gobierno promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil: la edad de imputabilidad baja a 14 años.

    Interior BonaerenseBy Interior Bonaerense9 marzo, 2026No hay comentarios3 Mins Read3 Views
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    La ley establece un sistema de responsabilidad penal para adolescentes de entre 14 y 18 años, con sanciones específicas, prioridad en la reinserción social y un máximo de 15 años de prisión.

    A tan solo diez días de su aprobación en el Senado, el Gobierno nacional promulgó este lunes el nuevo Régimen Penal Juvenil, una normativa que establece la responsabilidad penal desde los 14 años y crea un sistema de sanciones específico para adolescentes que cometan delitos antes de cumplir los 18.

    La ley, publicada en el Boletín Oficial, fija el marco legal aplicable a jóvenes de entre 14 y 18 años imputados por delitos previstos en el Código Penal o en leyes penales especiales. Según el texto oficial, el nuevo esquema busca fomentar en los adolescentes el “sentido de la responsabilidad legal por sus actos”, además de promover su educación, resocialización e integración social.

    Entre otros puntos, la normativa establece que los adolescentes detenidos no podrán ser alojados junto a adultos, y que los centros de detención deberán contar con personal especializado y capacitado en el tratamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal.

    Asimismo, se fija un plazo de seis meses para que el sistema judicial y los organismos involucrados adapten sus estructuras antes de la implementación plena del régimen. En ese marco, el Gobierno nacional invitó a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adecuar sus legislaciones al nuevo sistema, mientras que el Poder Ejecutivo deberá supervisar su puesta en marcha en coordinación con las distintas jurisdicciones del país.


    Las claves del nuevo Régimen Penal Juvenil

    Imputabilidad desde los 14 años
    La normativa establece que los adolescentes serán penalmente responsables a partir de los 14 años cuando estén acusados de delitos contemplados en el Código Penal o en leyes penales especiales.

    Derogación del régimen vigente desde 1980
    La ley elimina la normativa 22.278, que regulaba la responsabilidad penal de menores desde la última dictadura militar, y la reemplaza por un sistema actualizado de justicia juvenil.

    Enfoque en educación y reinserción social
    El nuevo esquema plantea que las sanciones deben orientarse a la formación del adolescente, a la comprensión del delito cometido y a reducir el riesgo de reincidencia.

    Sanciones alternativas
    La ley contempla medidas no privativas de libertad, entre ellas:

    • servicios comunitarios,
    • programas educativos,
    • capacitación laboral,
    • tratamientos médicos o psicológicos,
    • monitoreo electrónico,
    • prohibición de acercamiento a la víctima,
    • restricciones para asistir a determinados lugares.

    La prisión como última instancia
    La privación de la libertad será una medida excepcional y podrá cumplirse en el domicilio del adolescente, institutos abiertos o centros especializados.

    Prohibición de prisión perpetua
    El régimen establece que los menores no podrán recibir penas de prisión perpetua o reclusión perpetua y fija un máximo de 15 años de privación de libertad.

    Suspensión del proceso a prueba
    En delitos de menor gravedad, los jueces podrán aplicar la probation, lo que permite suspender el proceso si el joven cumple determinadas condiciones, como reparar el daño o realizar tareas comunitarias.


    ✔ Fuente: Agencia DIB

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